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Somos el órgano de la SUNARP con competencia nacional que conoce y resuelve en segunda y última instancia administrativa las apelaciones contra las observaciones, tachas y otras decisiones de los Registradores, y Abogados Certificadores, en su caso, emitidas en el ámbito de su función registral. |
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| Misión |
| Resolver dentro de los 30 días oportunamente las impugnaciones que soliciten los usuarios, interpretando y aplicando la ley, fijando criterios jurisprudenciales uniformes, en función de mejor publicidad y mayor seguridad jurídica. |
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| Enlaces de interés |
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| Artículo 159 |
| Resoluciones que no pudieron ser notificadas personalmente |
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| Formatos |
| Formatos para recurso de apelación y otros |
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