Tribunal Registral

Funciones

Las funciones del Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos son las siguientes:

Del Tribunal Registral

  • Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos contra las denegatorias de inscripción y de publicidad registral de los Registradores y Certificadores Registrales, según corresponda.
  • Verificar, en el ejercicio de su función, el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, así como de los precedentes de observancia obligatoria, por parte de los Registradores y Certificadores Registrales, dando cuenta de las irregularidades detectadas a la Dirección Técnica Registral, al Superintendente Nacional y al Jefe Zonal respectivo, para los fines pertinentes.
  • Aprobar precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para tal efecto se convoquen.
  • Emitir opinión sobre los asuntos que el Superintendente Nacional someta a su consideración.
  • Sistematizar y difundir las resoluciones y precedentes de observancia obligatoria que emitan.
  • Coordinar con los órganos de las Entidades Públicas vinculados a su competencia.
  • Ejercer las demás funciones inherentes a su naturaleza o que le sean asignadas por la Superintendencia.

De la Presidencia

  • Convocar y presidir las sesiones de Sala Plena.
  • Designar al Vocal que desempeñe las funciones de secretario técnico del Tribunal Registral en las sesiones de Sala Plena.
  • Ejecutar los acuerdos adoptados en Sala Plena.
  • Velar por la adecuada marcha administrativa del Tribunal Registral.
  • Coordinar con los órganos de las entidades públicas vinculados a su competencia.
  • Supervisa y evalúa la producción de los Vocales y demás personal del Tribunal Registral, de acuerdo con las metas estándares de producción y procedimientos establecidos, dando cuenta en forma bimensual al Superintendente Nacional.
  • Representa al Tribunal Registral.
  • Designa al Secretario Técnico del Tribunal Registral.
  • Propone al Secretario General, el Plan Operativo y demás documentos de gestión.
  • Solicita, coordina y controla el apoyo logístico y administrativo que se requiera para su adecuado funcionamiento.
  • Convoca, preside y dirige las sesiones del Pleno Registral, verificando el quórum y la mayoría para adoptar los acuerdos, conforme a este Reglamento.
  • Dispone la convocatoria al Pleno Registral de los funcionarios o especialistas que se estime pertinentes, quienes participan sólo con voz, previa coordinación, con la Dirección Técnica Registral.
  • Asegura la regularidad de las deliberaciones y ejecuta los acuerdos tomados en el Pleno Registral mediante resolución, según el caso.
  • Dispone la publicación, a través de la Secretaria General, en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la SUNARP de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en el Pleno Registral y las resoluciones que la sustentan.
  • Dispone lo conveniente para que los expedientes sean asignados en forma aleatoria, en estricto orden de ingreso y en igual número a cada una de las Salas.
  • Controla el cumplimiento de los plazos en la resolución de expedientes. Dando cuenta en forma mensual al Superintendente Nacional de los controles realizados.
  • Evalúa los informes de los Presidentes de las Salas.
  • Verifica, en forma trimestral, la uniformidad de criterios en la resolución de expedientes, dando cuenta por escrito al Superintendente Nacional.
  • Informa a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sobre la situación, saldos y producción de la Salas del Tribunal Registral.
  • Identifica los criterios reiterados y discrepantes emitidos en las resoluciones del Tribunal Registral, con el propósito de que sean revisados en el Pleno Registral.
  • Implementa y perfecciona, en coordinación con la Oficina General de Tecnologías de la Información, sistemas informáticos que identifiquen las materias sobre las cuales se pronuncien las Salas del Tribunal en sus resoluciones.
  • Informa periódicamente al Superintendente Nacional sobre la situación de los asuntos del Tribunal Registral.
  • Informa al Superintendente Nacional y al Secretario General, los resultados de la gestión, al concluir el periodo para el cual fue elegido.
  • Elabora y propone a la Oficina General de Recursos Humanos el programa de capacitación del personal del Tribunal Registral.
  • Coordina y participa en la capacitación del personal registral.
  • Dicta las medidas pertinentes para el cumplimiento de sus resoluciones.
  • Otorga por causa debidamente justificada, a solicitud del Presidente de Sala, la ampliación del plazo de expedición de las resoluciones del Tribunal Registral.
  • Informa de las irregularidades detectadas en la calificación de los Registradores Públicos y en atención de los servicios de publicidad de los Registradores Públicos, Certificadores y Abogados Certificadores, a la Dirección Técnica Registral, al Superintendente Nacional y al Jefe Zonal respectivo, para los fines pertinentes.
  • Realizar el control de calidad de las resoluciones emitidas por las distintas salas del Tribunal Registral.
  • Las demás funciones inherentes al cargo o que le sean asignadas por el Superintendente Nacional.

Del Pleno Registral

El Pleno Registral es la reunión de los Vocales que integran el Tribunal Registral que, debidamente convocado, se pronuncia sobre diversos aspectos vinculados a sus funciones.

Son atribuciones del Pleno Registral:

  • Aprobar, modificar o dejar sin efecto los precedentes de observancia obligatoria.
  • Proponer las modificaciones al presente Reglamento.
  • Elegir al Vicepresidente del tribunal Registral.
  • Opinar sobre los asuntos que se someta a su consideración.
  • Las demás que sean de interés para el debido funcionamiento del tribunal, que no sean de competencia de otros órganos.