- De enero a setiembre de este año se inscribieron
3,865 testamentos a nivel nacional.
La Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos (Sunarp) informó que, de enero a setiembre del presente año, las
inscripciones de testamentos en el Registro de Personas Naturales sumaron un
total de 5,785; un 5.22% más que las 5,498 inscripciones que se realizaron
entre enero y setiembre del año pasado.
Estas cifras evidencian el interés de los peruanos
por planificar la distribución de sus bienes y hacer valer su última voluntad,
evitando con ello futuros conflictos familiares entre los herederos.
Además, entre enero y setiembre 2018, la
inscripción de testamentos en el citado Registro creció en dieciséis
departamentos respecto del mismo periodo del año pasado. Estos son Apurímac,
Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima,
Loreto, Madre de Dios, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali.
Vale señalar que las 5,785 inscripciones realizadas
entre enero y setiembre del presente año se distribuyeron de la siguiente
manera: Lima (3,766), Arequipa (544), Cusco (227), La Libertad (200), Junín
(143), Ica (111), Lambayeque (109), Apurímac (84), Piura (80), Ayacucho (78),
Cajamarca (76), Huánuco (73) y Áncash (66).
La lista la completan los departamentos de Loreto
(40), Puno (40), Tacna (32), San Martín (31), Amazonas (28), Moquegua (13),
Pasco (12), Ucayali (11), Tumbes (8), Huancavelica (7) y Madre de Dios (6).
La importancia del testamento radica en que este
documento expresa la voluntad del testador quien decide cómo ordenar y
distribuir su patrimonio. La voluntad testamentaria, puede ser otorgada
mediante testamento cerrado, testamento por escritura pública, testamento
ológrafo o por testamentos especiales como el marítimo o el militar, los cuales
se tienen que inscribir en los Registros Públicos con el fin de otorgarle
legitimidad.
De todos, el más recomendable es el testamento por
escritura pública. Para ello, el otorgante debe ir acompañado de dos testigos
(que no pueden ser familiares o beneficiarios) a la notaria de su preferencia a
fin de expresar su última voluntad.
En caso de tratarse de adultos mayores, es
recomendable llevar un certificado médico de salud mental, pues aunque el
notario público da fe de la capacidad del testador, este documento adquiere
importancia en caso se presentara una impugnación.
En cuanto a los documentos que acrediten la
propiedad de los bienes objetos de herencia, se recomienda presentar copia de
las fichas informativas de las partidas registrales.
Los requisitos
Los requisitos para inscribir un testamento son los
siguientes:
- Si se trata de un otorgamiento de testamento por
escritura pública, se deberá de presentar ante la Sunarp el parte notarial que
contenga la fecha del otorgamiento del testamento, datos del testador, fojas
del registro notarial donde corre extendido el nombre del notario y testigos
con la constancia de su suscripción.
- Solicitud de inscripción de título (formulario de
distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante
(persona que realiza el trámite en la Sunarp).
- Pago de la tasa registral: S/.20.00 soles.
Plazo de calificación: 48 horas, sin contar
sábados, domingos ni feriados.
Santiago de Surco, 24 de octubre de 2018
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES – SUNARP
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