
- De enero a junio del presente año se inscribieron
3,865 testamentos a nivel nacional.
La Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos (Sunarp) informó que, en el primer semestre del presente año, las
inscripciones de testamentos en el Registro de Personas Naturales sumaron un
total de 3,865; un 7.18% más que las 3,606 inscripciones que se realizaron
entre enero y junio del año pasado.
Estas cifras evidencian el creciente interés de los
peruanos por planificar la distribución de sus bienes y hacer valer su última
voluntad, evitando con ello futuros conflictos familiares entre los herederos.
Además, entre enero y junio 2018, la inscripción de
testamentos en el citado Registro creció en quince departamentos respecto de
enero 2017. Estos son Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco,
Lambayeque, Lima, Loreto, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali.
Vale señalar que las 3,865 inscripciones realizadas
en el primer semestre del presente año se distribuyeron de la siguiente manera:
Lima (2,501), Arequipa (367), Cusco (152), La Libertad (114), Junín (79),
Apurímac (78), Ica (77), Lambayeque (75), Ayacucho (57), Piura (55), Huánuco
(54), Áncash (49) y Cajamarca (43).
La lista la completan los departamentos de Loreto
(31), Puno (28), Tacna (26), Amazonas (22), San Martín (19), Moquegua (10),
Ucayali (9), Tumbes (7), Pasco (6), Huancavelica (4) y Madre de Dios (2).
La importancia del testamento radica en que este
documento expresa la última voluntad del propietario de un bien mueble y/o
inmueble, quien decidirá cómo ordenar y distribuir su patrimonio. La voluntad
testamentaria, puede ser otorgada mediante testamento cerrado, testamento por
escritura pública, testamento ológrafo o por testamentos especiales como el
marítimo o el militar, los cuales se tienen que inscribir en los Registros
Públicos con el fin de otorgarle legitimidad.
De todos, el más recomendable es el testamento por
escritura pública. Para ello, el otorgante debe ir acompañado de dos testigos
(que no pueden ser familiares o beneficiarios) a la notaria de su preferencia a
fin de expresar su última voluntad.
En caso de tratarse de adultos mayores, es
recomendable llevar un certificado médico de salud mental, pues aunque el
notario público da fe de la capacidad del testador, este documento adquiere
importancia en caso se presentara una impugnación.
En cuanto a los documentos que acrediten la
propiedad de lo que se heredará, se recomienda presentar copia de la partida
registral de todos estos.
Los requisitos
Los requisitos para inscribir un testamento son los
siguientes:
- Si se trata de un otorgamiento de testamento por
escritura pública, se deberá de presentar ante la Sunarp el parte notarial que
contenga la fecha del otorgamiento del testamento, datos del testador, fojas
del registro notarial donde corre extendido el nombre del notario y testigos
con la constancia de su suscripción.
- Solicitud de inscripción de título (formulario de
distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante
(persona que realiza el trámite en la Sunarp).
- Pago de la tasa registral: S/.20.00 soles.
Plazo de calificación: 48 horas, sin contar
sábados, domingos ni feriados.
Santiago de Surco, 26 de julio de 2018
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES – SUNARP
Descargar Nota de Prensa