Inscripción de Rondas Campesinas en la Sunarp creció 97%


  • Al inscribirse las rondas pueden lograr beneficios ante entidades públicas y privadas.

 

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó que la inscripción de rondas campesinas en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp creció en 97.70% al pasar de 87 entre enero y agosto de 2017 a un total de 172 en el mismo periodo del presente año.

 

En los primeros ocho meses del presente año Cajamarca es el departamento en el que más rondas campesinas se inscribieron, un total de 35. Le siguen Puno (32), La Libertad (30), Piura (27), Cusco (19), San Martín (14), Áncash (6), Huánuco (3), Lima (3), Amazonas (1), Lambayeque (1) y Ucayali (1).

 

Pero, ¿por qué es importante que las rondas campesinas inscriban sus actos en la Sunarp? Gracias a la inscripción registral estas organizaciones sociales obtienen las siguientes ventajas:

 

  • Las Rondas dan a conocer sus representantes e integrantes a fin de que puedan adquirir, en su representación, derechos seguros, y lograr beneficios para la institución ronderil ante determinadas entidades públicas y privadas.
  • Evita que personas que no tienen la calidad de ronderos y ronderas o representantes de las Rondas se beneficien indebidamente o deterioren la imagen de la institución ronderil.
  • Sus acuerdos inscritos no podrán ser desconocidos por ningún rondero, rondera o servidor público.
  • Permite la celebración de convenios o acuerdos de ayuda técnica, capacitación, asistencia, donaciones, créditos y otros.
  • Posibilita la formalización de los acuerdos de la organización.

 

Cabe precisar que los actos referentes a las rondas campesinas que pueden inscribirse en la Sunarp son los siguientes:

 

  • La constitución de la ronda campesina.
  • La adecuación de la Ronda a la Ley N° 27908 - Ley de Rondas.
  • Las modificaciones del Estatuto.
  • El nombramiento de los integrantes de la Junta Directiva y de los demás representantes o apoderados, su remoción, suspensión, renuncia, otorgamiento de facultades, modificación, revocación, sustitución y delegación.
  • La disolución, los acuerdos de los liquidadores que, por su naturaleza, sean inscribibles y la extinción de las rondas.
  • Las resoluciones judiciales o laudos arbitrales referidos a la validez de la constitución u otros acuerdos inscribibles de la ronda.
  • En general, los demás actos que modifiquen el contenido de las inscripciones anteriores.

 

Para solicitar la inscripción registral de los actos de las rondas campesinas deben acudir a cualquier oficina de la Sunarp.

 

Si desea conocer dónde se encuentra la oficina más próxima se puede consultar los enlaces: https://www.sunarp.gob.pe/oficinas.asp o al correo consultas@sunarp.gob.pe o contactar a la Central Telefónica (511) 208-3100 o Aló Sunarp (línea gratuita): 0800-27164. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:15 am a 4:45 pm.

 

El dato

 

Inscribir los actos de las rondas campesinas en la Sunarp demora un plazo promedio de siete días, desde que se presenta la solicitud de inscripción, descontando sábados, domingos y feriados.

 

                              

Santiago de Surco, 24 de setiembre de 2018

OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES – SUNARP    


      

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