
De enero a agosto del presente año, 2712 parejas de
convivientes inscribieron su unión de hecho en el Registro de Personas
Naturales de la Sunarp a nivel nacional. De esta manera, garantizan que se
reconozcan sus derechos ante el Estado.
¿Qué es?
De acuerdo a nuestra legislación, la unión de hecho
es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer libres de
impedimento matrimonial, que haya durado por lo menos dos años continuos, para
alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio.
A diferencia del matrimonio, donde existe la opción
de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de
separación de bienes, en la unión de hecho el régimen patrimonial es único y
forzoso, es decir, todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de
la convivencia pertenecen a los cónyuges en partes iguales.
De allí la importancia de inscribir la convivencia
en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp. De esta manera, la
pareja precisa la fecha de inicio de la
relación así como la de su finalización —en caso se produjera—, ello con el
objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les
corresponden a cada uno y evitar una injusta redistribución de su patrimonio.
En consecuencia, al inscribir su unión de hecho en
la Sunarp, los convivientes garantizan la preservación de sus derechos
patrimoniales o de propiedad.
¿Cómo registrarla?
El primer paso para formalizar una unión de hecho
es acudir a un notario público. Aquí se tramita la unión de acuerdo a los
siguientes requisitos:
- Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos
solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos
años de manera continua.
- Declaración expresa de los solicitantes que se
encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común
con otro varón o mujer, según sea el caso.
- Certificado domiciliario de los solicitantes.
- Certificado negativo de unión de hecho tanto del
varón como de la mujer, expedido por el Registro de Personas Naturales de la
oficina registral donde domicilian los solicitantes.
- Declaración de dos testigos indicando que los
solicitantes conviven dos años continuos o más.
- Otros documentos que acrediten que la unión de
hecho tiene por lo menos dos años continuos.
Posteriormente, el notario público extenderá la
escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho
entre los convivientes, la cual remitirá
al Registro de Personas Naturales de la Sunarp del lugar donde estos
domicilian.
El costo de inscripción de una unión de hecho en la
Sunarp es de S/. 20.00 y el plazo de inscripción son 7 días. Los gastos
notariales varían de acuerdo a la notaría elegida.
Datos
- Las zonas registrales de Lima (600), Trujillo (347),
Arequipa (280), Huancayo (255), Tacna (215), Chiclayo (174), Moyobamba (137),
Pucallpa (127), Piura (122) y Cusco (110) fueron las más activas en lo referido
a la inscripción de uniones de hecho en lo que va del año.
Santiago de Surco, 4 de setiembre de 2018
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES – SUNARP
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