
Medida tiene alcance nacional y fomenta la
reactivación económica durante estado de emergencia nacional por Covid-19.
Con el objetivo de promover la virtualización de trámites y
servicios, así como fomentar la reactivación de la actividad económica en todo
el país, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso que la
presentación -a nivel nacional- de los partes notariales con firma digital para
la inscripción de mandatos y poderes, constitución de sociedades y EIRL y transferencias
vehiculares, se realice obligatoriamente a través del Sistema de Intermediación
Digital (SID-Sunarp), plataforma tecnológica que permite realizar el
procedimiento registral electrónicamente, sin necesidad de llenar formularios
físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp, Todo ello bajo altos estándares
de seguridad.
El titular de la Sunarp, Harold Tirado, destacó el compromiso
de la institución por sumar esfuerzos para garantizar la reactivación de la actividad económica en el país
tras la declaratoria del estado de emergencia por la amenaza del Covid-19. “A través de la
virtualización de los trámites registrales, se están dando las facilidades para
que la reactivación económica del país se produzca sin trabas y con total
seguridad”, explicó.
De acuerdo a la Resolución N° 064-2020-SUNARP/SN, publicada
hoy en el diario oficial El Peruano, a partir del próximo 8 de junio, la
presentación de mandatos y poderes deberá realizarse exclusivamente a través
del SID-Sunarp; en tanto, la presentación de partes notariales para la
inscripción de Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Cerradas, Sociedades
Comerciales de Responsabilidad Limitada y Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada será obligatoria mediante la mencionada plataforma
tecnológica a partir del 10 de junio.
Asimismo, se dispone que, desde el 15 de junio, la
presentación de partes notariales conteniendo los actos de compraventa,
donación, dación en pago, anticipo de legítima y permutas de vehículo a inscribirse
en el Registro de Propiedad Vehicular se efectúe exclusivamente mediante el
SID-Sunarp.
Beneficios de la firma digital
Al prescindir del papel en el procedimiento de inscripción
registral, el uso de la firma digital en el registro ha logrado ser una medida
eficaz en la lucha contra la falsificación documentaria y busca que el
ciudadano no acuda a la Oficina Registral para presentar un título. En la
actual emergencia sanitaria nacional por el Covid-19, este detalle resulta
fundamental, pues se debe evitar la manipulación de documentos y suprimir
trámites presenciales que pueden llevar a situaciones de aglomeración en las
Oficinas Registrales.
“Otro de los beneficios del empleo del SID-Sunarp es el
establecer una comunicación inmediata al correo electrónico del ciudadano sobre
el estatus del trabajo notarial y registral, así como garantizar una mayor
rapidez en el trámite registral. Del mismo modo, se genera un importante ahorro
de tiempo y dinero al ciudadano, pues ya no tiene que desplazarse a una oficina
registral para realizar su trámite”, señaló el Superintendente Nacional de los
Registros Públicos.
Los usuarios podrán tramitar la inscripción de los mandatos y
poderes, transferencia de vehículos, así como la constitución de empresas, a
través de las notarías previamente inscritas al SID-Sunarp a nivel nacional.
Lima, 3 de junio de 2020
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES-SUNARP
Descargar Nota de Prensa