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Trámite de calificación registral
no superará las 48 horas.
En el
marco del Estado de Emergencia Nacional convocado por el Poder Ejecutivo para
frenar el avance del Covid-19 y conscientes de la importancia de promover
acciones que permitan la reactivación de la actividad económica en todo el
país, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ha implementado
una serie de iniciativas que tienen por objetivo alentar la formalización en
este periodo de desaceleración económica.
En ese sentido, la Sunarp, en coordinación con el Colegio
de Notarios, dispuso que la constitución de empresas se realice obligatoriamente a través del Sistema
de Intermediación Digital (SID-Sunarp), plataforma tecnológica que permite
iniciar el procedimiento registral electrónicamente sin necesidad de llenar
formularios físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp, y todo ello bajo
altos estándares de seguridad.
“Con el
SID-Sunarp se elimina el soporte papel en el procedimiento registral, se
establece una comunicación inmediata al correo electrónico del ciudadano sobre
el estatus del trabajo notarial y registral, y lo más importante, se garantiza
una mayor rapidez en el trámite registral, pues la calificación no supera los
dos (2) días hábiles. La plataforma viene funcionando con éxito desde hace algún tiempo, pero esta emergencia
sanitaria nos da la oportunidad de potenciar nuestros servicios en línea a fin de garantizar la salud e integridad de nuestros usuarios”, explicó el Superintendente
Nacional de los Registros Públicos, Manuel Montes Boza.
De acuerdo
a la resolución publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la constitución
de empresas a través del SID-Sunarp será
obligatoria para las sociedades anónimas abiertas, sociedades anónimas
cerradas, sociedades comerciales de responsabilidad limitada y empresas
individuales de responsabilidad limitada, formas jurídicas
que usualmente adoptan las micro, pequeñas y medianas empresas. La medida
también está dirigida para las medianas y grandes empresas.
Inicialmente, la inscripción exclusiva de sociedades
estará disponible en las Oficinas Registrales de Lima y Callao, toda vez que
las coordinaciones para su implementación se han efectuado con ambos distritos
notariales, pudiendo ampliarse a todo el ámbito territorial en las siguientes
semanas.
Esta
iniciativa se suma a la propuesta de prórroga por tres años de la exoneración
del pago de tasas registrales para la constitución de una empresa, cuyo capital
social sea hasta 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siempre que sean
tramitadas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE), medida
aprobada por el Ejecutivo mediante Decreto Supremo N° 006-2020-Produce.
La exoneración de tasas registrales constituye un incentivo para la constitución
de las Mypes y trae consigo una serie de beneficios como la oportunidad real de
acceder a un grupo de herramientas y servicios que les permitan desarrollarse y
aumentar sus ventas, mayor productividad, mayor posibilidad de posicionamiento,
acceso y expansión de mercados, participar en ferias y ruedas de negocios,
mejorar las condiciones de los trabajadores involucrados, acceso al
financiamiento, entre otros.
El dato:
Otra de
las ventajas de constituir una empresa a través del SID-Sunarp es la asignación
automática del número de RUC, así como la entrega de clave SOL y código de
usuario.
Lima, 28 de abril de 2020
OFICINA GENERAL DE
COMUNICACIONES-SUNARP
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