| Procedimientos Registrales Registro de Personas Naturales - Registro de Gestión de Intereses - Gestor Profesional |
| N° | Procedimiento | Base Legal | Requisitos | Derecho de Pago (TASA) | Automático | CALIFICACION | Inicio de Trámite | AUTORIDAD QUE | |||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Evaluación | Aprueba el Trámite | Resuelve Recurso Impugnatorio | |||||||||
| ( +) | ( - ) | Reconsideración | Apelación | ||||||||
| 1 | Inscripción del Gestor Profesional |
Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 7°, 8° y 12° de la Ley N° 28024(12/07/2003); 26°, 28°, 29°, 30° y 32° del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por Decreto Supremo N° 099-2003-PCM (20/12/2003); numerales 5.7, 5.8 y 5.12 de la Directiva N° 013-2004-SUNARP/SN (19/01/2004); Decreto Supremo N° 037-94-JUS (07/07/1994). |
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- Formato de inscripción aprobado por la SUNARP. 4.- Declaración Jurada de no tener incompatibilidad ni conflicto de intereses para el desempeño de la función de Gestor. En el caso de Personas Jurídicas, dicha declaración jurada debe ser efectuada por cada una de las personas naturales que actuarán como sus representantes, salvo que las mismas hayan facultado expresamente a realizar tal declaración, en su representación, al órgano correspondiente de la persona jurídica, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en el 2do. y 3er. párrafos del artículo 30° del Reglamento de la Ley N° 28024. 5.- Declaración Jurada en la que conste la información sobre la relación jurídica que vincula al gestor profesional con la persona a cuyo favor se lleva a cabo la gestión. 6.- Pago de derechos registrales. 7.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. |
1.08 % de la UIT por derechos de calificación y, 0.24% de la UIT, por derechos de inscripción. |
35 días, salvo prórroga o suspensión. | Diario | Registrador Público | Tribunal Registral | |||
| 2 | Prórroga de inscripción de Gestor Profesional. |
Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); Artículos 12° de la Ley N° 28024 (12/07/2003); 34° del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por Decreto Supremo N° 099-2003-PCM (20/12/2003); numerales 5.3, 5.7, 5.12 y 5.13 de la Directiva N° 013-2004-SUNARP/SN (19/01/2004); Decreto Supremo N° 037-94-JUS ( 07/07/1994). |
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- Formato de prórroga de inscripción con firma legalizada notarialmente, que contenga la solicitud de prórroga formulada por el Gestor Profesional, en forma de declaración jurada. 4.- La solicitud de prórroga debe presentarse antes de que el asiento de inscripción del Gestor Profesional haya caducado. 5.- Pago de derechos registrales. 6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. |
0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción. | 35 días, salvo prórroga o suspensión. | Diario | Registrador Público | Tribunal Registral | |||
| 3 | Inscripción de actos de gestión. |
Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); Artículos 2° y 12° de la Ley N° 28024 (12/07/2003); 21°, 22°, 23° y 26° del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por Decreto Supremo N° 099-2003-PCM (20/12/2003); numerales 5.3, 5.7, 5.11 y 5.12 de la Directiva N° 013-2004-SUNARP/SN (19/01/2004); Decreto Supremo N° 037-94-JUS ( 07/07/1994). |
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- Constancia del acto de gestión, otorgada de acuerdo al formato de constancia de actos de gestión, debidamente suscrita por el funcionario con capacidad de decisión pública y el gestor de intereses. La firma de este último o de su representante debe encontrarse legalizada por Notario. 4.- Pago de derechos registrales. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
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0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción. | 35 días, salvo prórroga o suspensión. | Diario | Registrador Público | Tribunal Registral | |||
| 4 | Inscripción de informes semestrales. | Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 14° de la Ley N° 28024 (12/07/2003); 15°, 26°, 29° y 33° del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por Decreto Supremo N° 099-2003-PCM (20/12/2003); numerales 5.3, 5.7, 5.11 y 5.12 de la Directiva N°013-2004-SUNARP/SN (19/01/2004); Decreto Supremo N° 037-94-JUS (07/07/1994). |
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- Informe semestral con carácter de declaración jurada, con firma del Gestor Profesional o su representante legalizada notarialmente, conteniendo los datos a que se refiere el art.15° del Reglamento de la Ley N° 28024°, de acuerdo con el modelo de formato de informes semestrales aprobado por la SUNARP. 4.- Pago de derechos registrales. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. |
0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción. | 35 días, salvo prórroga o suspensión. | Diario | Registrador Público | Tribunal Registral | |||
| 5 | Inscripción de relación de personas naturales que representarán a persona jurídica inscrita como gestora profesional. |
Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 26° y 29° del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por D. S. N° 099-2003-PCM (20/12/2003); numerales 5.3, 5.7, 5.8, 5.11 y 5.12 de la Directiva N° 013-2004-SUNARP/SN (19/01/2004); Decreto Supremo N° 037-94-JUS (07/07/1994). |
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- Relación de personas naturales representantes de persona Jurídica Gestora Profesional, consignando los datos de identidad de cada una de ellas, conforme al modelo de formato de relación de personas naturales que representarán a gestor profesional, aprobado por la SUNARP, con firma legalizada del representante del gestor con facultades suficientes. 4.- Declaración Jurada de no tener incompatibilidad ni conflicto de intereses para ejercer la función de gestor de intereses, otorgada por cada una de las personas naturales representantes de la Gestora Profesional. 5.- Pago de derechos registrales. 6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. |
0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción. | 35 días, salvo prórroga o suspensión. | Diario | Registrador Público | Tribunal Registral | |||
| 6 | Inscripción de información de relación jurídica que vincula al gestor profesional con su representada. |
Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); literal b) del art. 13° de la Ley N° 28024 (12/07/2003); 14° y 32° del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por Decreto Supremo N° 099-2003-PCM (20/12/2003); numerales 5.3, 5.7, 5.11 y 5.12 de la Directiva N° 013-2004-SUNARP/SN (19/01/2004); Decreto Supremo N° 037-94-JUS (07/07/1994). |
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- Información sobre la relación jurídica que lo vincula con la persona a favor de la cual realiza la gestión, precisando el tipo y fecha del contrato correspondiente, conforme al modelo de formato respectivo aprobado por la SUNARP, con firma legalizada del gestor o su representante. 4.- Pago de derechos registrales. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
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0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción. | 35 días, salvo prórroga o suspensión. | Diario | Registrador Público | Tribunal Registral | |||