Procedimientos Registrales
     Registro de Personas Naturales - Mandatos y Poderes

Procedimiento Base Legal Requisitos Derecho de Pago (TASA) Automático CALIFICACION Inicio de Trámite AUTORIDAD QUE
Evaluación Aprueba el Trámite Resuelve Recurso Impugnatorio
( +) ( - ) Reconsideración Apelación
1 Inscripción de mandato Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001); 1351°, 1352°, 1790°, 2010° y 2036° al 2038° del Código Civil (25/07/1984); 144 al 150 del Reglamento de Inscripciones aprobado por Resolución de la Corte Suprema de fecha 17/12/1936;58° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); 560° al 563° del Reglamento consular aprobado por D.S. N° 0002-79-RE (17/01/79); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.-Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.-Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.-Escritura pública en la que comparezca el mandante y mandatario, señalando el acto o actos que éste se obliga a realizar por cuenta y en interés del mandante.

4.-Pago de derechos registrales.

5.-Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes

0.24% UIT por derechos de calificación, y 0.24% UIT por derechos de inscripción.     35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Registrador Público   Tribunal Registral
2 Inscripción de poder Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 145°, 153°, 156°, 167°, 2010°, 2036° al 2038° del Código Civil (25/07/84); Directiva N° 12-2002-SUNARP/SN, aprobada por Resolución N° 463-2002-SUNARP/SN (16/10/2002); 144° al 150° del Reglamento de Inscripciones, aprobado por Resolución de la Corte Suprema de fecha 17/12/1936; 58, 117° y 118° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura pública en la que comparezca el poderdante, señalando las facultades que concede. En el caso de poderes para actos de disposición, la autorización del encargo debe constar expresamente y de manera indubitable. Tratándose de poderes irrevocables, debe constar claramente alguno de los supuestos del art. 153° del CC e indicarse expresamente su carácter irrevocable.

4.- Pago de derechos registrales.

5.- Otros según calificación registral y disposiciones vigentes

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral
3 Mandato con representación Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001); 153°,156°, 167°, 1351°, 1352°, 1790°, 2010° y 2036° al 2038° del Código Civil (25/07/1984); 144 al 150 del Reglamento de Inscripciones aprobado por Resolución de la Corte Suprema de fecha 17/12/1936; 58°, 117° y 118° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura pública en la que comparezcan el mandante y mandatario, señalando el acto o actos que éste se obliga a realizar por cuenta y en interés del mandante, así como las facultades de representación que éste otorga al mandatario.

4.- Pago de derechos registrales.

5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral
4 Inscripción de poder otorgado en el extranjero Artículos 15°, 11°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001); 145°, 156°, 167°, 2010° y 2036° al 2038° del Código Civil (25/07/1984); 58, 117° y 118° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); 560° al 563° del Reglamento Consular, aprobado por D. S. N° 0002-79-RE (17/01/79); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura Pública otorgada ante funcionario diplomático o Notario extranjero, debidamente sellada, firmada y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

4.- Traducción del poder a inscribirse, de ser el caso.

5.- Otros según calificación registral y disposiciones vigentes.

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral
5 Extinción de mandato Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 1801° 2010°, 2036° al 2038°del Código Civil (25/07/1984); 58° de la Ley del Notariado, D. L. N° 26002 (27/12/1992); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura pública que contenga la declaración del mandante en el sentido que se ejecutó totalmente el mandato o que ha vencido el plazo del mismo. En los casos de muerte, interdicción o inhabilitación, basta el documento público que acredite el deceso, la interdicción o inhabilitación.

4.- Pago de derechos registrales.

5.- Otros según calificación registral y disposiciones vigentes.

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral
6 Extinción de poder Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 149°, 151° 154°, 2010°, 2036° al 2038° del Código Civil (25/07/1984); 144° al 150° del Reglamento de Inscripciones aprobado por Resolución de la Corte Suprema de fecha 17/12/1936; 58° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura pública que contenga la revocación o renuncia del poder.

4.- Pago de derechos registrales.

5.- Otros según calificación registral y disposiciones vigentes.

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral
7 Extinción de mandato con representación Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 149°, 151° 154°, 1801°, 1808°, 2010° y 2036° al 2038°del Código Civil (25/07/1984); 58° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura pública que contenga la revocación o renuncia del poder o, la declaración del mandante en el sentido que se ejecutó totalmente el mandato o que ha vencido el plazo del mismo. En los casos de muerte, interdicción o inhabilitación, basta la copia certificada del documento público que acredite el deceso, la interdicción o inhabilitación.

4.- Pago de derechos registrales.

5.- Otros según calificación registral y disposiciones vigentes.

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral
8 Ampliación y modificación de poder o mandato Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 2010° y 2036° al 2038°del Código Civil (25/07/1984); 58° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura pública que contenga la ampliación o modificación del mandato o del poder, otorgada por el mandante y mandatario o el poderdante, respectivamente.

4.- Pago de derechos registrales.

5.- Otros según calificación registral y disposiciones vigentes.

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral
9 Sustitución de representante Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001); 158°, 2010° y 2036° al 2038° del Código Civil (25/07/1984); 58° de la Ley del Notariado, D.L. N° 26002 (27/12/1992); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

3.- Escritura pública que contenga la sustitución del poder efectuada por el representante, en la que conste la designación del sustituto nombrado por el poderdante al constituir el poder o nombrado por el representante, en caso de haber sido facultado para ello.

4.- Pago de derechos registrales.

5.- Otros según calificación registral y disposiciones vigentes.

0.24% UITpor derechos de calificación, y 0.24% UITpor derechos de inscripción.         35 días, salvo prórroga o suspensión. Diario Tribunal Registral